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Publicado el 13 de diciembre de 2022

Zonas de Bajas Emisiones I: Madrid
Todo lo que necesitas saber para desplazarte en coche, sin ser multado, por la ciudad de Madrid.

Madrid fue una de las primera ciudades españolas en implantar Zonas de Bajas Emisiones, áreas en las que el acceso a determinados vehículos está restringido debido a sus emisiones, persiguiendo así mejorar la calidad del aire.

En la actualidad, en Madrid existen tres áreas diferentes en las que se restringe el acceso, circulación y/o estacionamiento de los vehículos más contaminantes.



Madrid Zona de Bajas Emisiones consiste en la ordenación de tráfico, que se establece de manera permanente en todas las vías públicas del municipio de Madrid, por la que se prohíbe el acceso y la circulación de todos los vehículos que no disponen de distintivo medioambiental (aquellos que figuran con clasificación ambiental A en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico.

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Para facilitar la adaptación de los ciudadanos al cumplimiento de la norma, la Ordenanza de Movilidad Sostenible de la ciudad establece un calendario para la aplicación de la restricciones de acceso y circulación previstas.

En Madrid Zona de Bajas Emisiones aplican las siguientes restricciones:

· Si tu coche no dispone de distintivo medioambiental, tienes prohibido el acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30, desde el 1 de enero de 2022.
· Si tu coche no dispone de distintivo medioambiental, tienes prohibido el acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30 y por la propia M-30, desde el 1 de enero de 2023.
· Si tu coche no dispone de distintivo medioambiental, tienes prohibido su acceso y circulación por todas las vías públicas y urbanas del municipio de Madrid, desde el 1 de enero de 2024.


Únicamente los vehículos sin distintivo medioambiental que a fecha 1 de enero de 2022 estén domiciliados en Madrid en el Registro de la DGT y figuren de alta en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Madrid pueden acceder y circular por Madrid Zona de Bajas Emisiones hasta el 31 de diciembre de 2024.

Las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección son áreas o partes de la ciudad que presentan problemas agravados de contaminación medioambiental, y en las que se implantan medidas para proteger la salud y el medio ambiente, frente a la contaminación, y hacer posible el cumplimiento de los valores límite y los umbrales de calidad del aire marcados en la normativa vigente.

La ZBEDE Distrito Centro comprende casi todo el distrito Centro, en el que se encuentran los barrios de Palacio, Embajadores, Cortes, Justicia, Universidad y Sol, y queda delimitada por las siguientes vías: calle Alberto Aguilera, glorieta de Ruiz Jiménez, calle Carranza, glorieta de Bilbao, calle Sagasta, plaza de Alonso Martínez, calle Génova, plaza de Colón, paseo de Recoletos, plaza de Cibeles, paseo del Prado, plaza de Cánovas del Castillo, plaza del Emperador Carlos V, ronda de Atocha, ronda de Valencia, glorieta de Embajadores, ronda de Toledo, glorieta de la Puerta de Toledo, ronda de Segovia, cuesta de la Vega, calle Mayor, calle Bailén, plaza de España, (lateral continuación de la cuesta de San Vicente), calle Princesa y calle Serrano Jover.

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En la ZBEDEP Distrito Centro aplican las siguientes restricciones:

· Si tu coche no dispone de distintivo medioambiental, tienes prohibido el acceso y circulación por esta zona.
· Si tu coche tiene etiqueta B y C, puedes acceder a esta zona siempre y cuando estaciones en un aparcamiento público o privado, o dispongas de invitación de un residente.
· Si tu coche tiene etiqueta ECO, puedes acceder a esta zona sin ninguna restricción, y estacionar en la calle por un máximo de 2 horas o por tiempo ilimitado en un aparcamiento público o privado.
· Si tu coche tiene etiqueta CERO EMISIONES, puedes circular y aparcar sin restricciones en esta zona.


La ZBEDE Plazas Elíptica queda delimitada por las siguientes vías: calle Faro, avenida de Abrantes, calle Portalegre, avenida de Oporto, travesía de Antonia Lancha, calle Santa Lucrecia, calle Antonio Leyva, calle de Arlanza, lateral paseo de Santa María de la Cabeza en sentido entrada a Madrid hasta puente de los Capuchinos, calle Manuel Noya, calle Cerecinos, calle Fornillos, calle Ricardo Beltrán y Rozpide hasta el número 8, avenida Princesa Juana de Austria en sentido entrada a Madrid, calle Vía Lusitana intersección con calle Faro cruzando el parque de la Emperatriz María de Austria.

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En la ZBEDEP Plaza Elíptica aplican las siguientes restricciones:

· Si tu coche no dispone de distintivo medioambiental, tienes prohibido circular por esta zona.
· Se permite la libre circulación de vehículos en todas las calles que componen el perímetro de la ZBEDEP “Plaza Elíptica”.


La entrada no permitida a las Zonas de Bajas Emisiones hasta el 20 de marzo de 2022 constituía una infracción leve de tráfico conforme a lo dispuesto en los artículos 18 y 75.c) y podía ser sancionada con 90 euros, 45 euros si se abonaba por pronto pago, conforme a los artículos 80.1 y 81 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

No obstante, debido a la última modificación de la citada ley, a partir del 21 de marzo de 2022, se sanciona como infracción grave de tráfico con multa de 200 euros, conforme a lo previsto en los artículos 18, 76.z3) y 80.1, 100 euros si es por pronto pago.

¡Evita ser multado conociendo en detalle, a través de nuestra serie de publicaciones quincenales “Zonas de Bajas Emisiones”, cómo funcionan estas áreas de tráfico restringido en las diferentes ciudades españolas! Te esperamos en el próximo post.

www.aParkingme.es

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